Paratesti Cervantes

 

 

Novelas ejemplares

de Miguel de Cervantes Saavedra

 

 

Dirigido a don Pedro Fernández de Castro, conde de Lemos, de Andrade y de Villalba, marqués de Sarriá, gentilhombre de la cámara de su majestad, virrey, gobernador y capitán general del reino de Nápoles, comendador de la encomienda de la Zarza de la orden de Alcántara.

Con privilegio de Castilla y de los reinos de la corona de Aragón.

En Madrid, por Juan de la Cuesta.

Véndese en casa de Francisco de Robles, librero del rey nuestro señor.

 

 

 

 

 

FEE DE ERRATAS

 

Vi las doce Novelas compuestas por Miguel de Cervantes, y en ellas no hay cosa digna que notar que no corresponda con su original. Dada en Madrid, a siete de agosto de 1613.

El licenciado Murcia de la Llana

 

TASA

Yo, Hernando de Vallejo, escribano de cámara del rey nuestro señor, de los que residen en su consejo, doy fe que habiéndose visto por los señores de él un libro que con su licencia fue impreso, intitulado Novelas ejemplares, compuesto por Miguel de Cervantes Saavedra, le tasaron a cuatro maravedís el pliego, el cual tiene setenta y un pliegos y medio, que al dicho precio suma y monta docientos y ochenta y seis maravedís en papel; y mandaron que a este precio, y no más, se venda, y que esta tasa se ponga al principio de cada volumen del dicho libro, para que se sepa y entienda lo que por él se ha de pedir y llevar, como consta y parece por el auto y decreto que está y queda en mi poder a que me refiero. Y para que de ello conste, de mandamiento de los dichos señores del consejo y pedimiento de la parte del dicho Miguel de Cervantes, di esta fe, en la villa de Madrid, a doce días del mes de agosto de mil y seiscientos y trece años.

Hernando de Vallejo

Monta ocho reales y catorce maravedís en papel. Vea este libro el padre presentado fray Juan Bautista, de la orden de la Santísima Trinidad, y dígame si tiene cosa contra la fe o buenas costumbres, y si será justo imprimirse. Fecho en Madrid, a 2 de julio de 1612.

El doctor Cetina

 

APROBACIÓN

Por comisión del señor doctor Gutierre de Cetina, vicario general por el illustrísimo cardenal don Bernardo de Sandoval y Rojas, en corte, he visto y leído las doce Novelas ejemplares compuestas por Miguel de Cervantes Saavedra; y supuesto que es sentencia llana del angélico doctor Santo Tomás que la eutropelia es virtud, la que consiste en un entretenimiento honesto, juzgo que la verdadera eutropelia está en estas novelas, porque entretienen con su novedad, enseñan con sus ejemplos a huir vicios y seguir virtudes, y el autor cumple con su intento, con que da honra a nuestra lengua castellana, y avisa a las repúblicas de los daños que de algunos vicios se siguen, con otras muchas comodidades; y así me parece se le puede y debe dar la licencia que pide, salvo etc. En este convento de la Santísima Trinidad, calle de Atocha, en 9 de julio de 1612.

El padre presentado fray Juan Bautista

 

APROBACIÓN

Por comisión y mandado de los señores del consejo de su majestad, he hecho ver este libro de Novelas ejemplares, y no contiene cosa contra la fe ni buenas costumbres, antes con semejantes argumentos nos pretende enseñar su autor cosas de importancia y el cómo nos hemos de haber en ellas; y este fin tienen los que escriben novelas y fábulas; y ansí me parece se puede dar licencia para imprimir. En Madrid, a nueve de julio de mil y seiscientos y doce.

El doctor Cetina1

 

APROBACIÓN

Por comisión de vuestra alteza he visto el libro intitulado Novelas ejemplares, de Miguel de Cervantes Saavedra, y no hallo en él cosa contra la fe y buenas costumbres por donde no se pueda imprimir, antes hallo en él cosas de mucho entretenimiento para los curiosos lectores, y avisos y sentencias de mucho provecho y que proceden de la fecundidad del ingenio de su autor, que no lo muestra en este menos que en los demás que ha sacado a luz. En este monasterio de la Santísima Trinidad, en ocho de agosto de mil y seiscientos y doce. Fray Diego de Hortigosa APROBACIÓN Por comisión de los señores del supremo consejo de Aragón vi un libro intitulado Novelas ejemplares de honestísimo entretenimiento, su autor Miguel de Cervantes Saavedra, y no sólo hallo en él cosa2 escrita en ofensa de la religión cristiana y perjuicio de las buenas costumbres, antes bien confirma el dueño de esta obra la justa estimación que en España y fuera de ella se hace de su claro ingenio, singular en la invención y copioso en el lenguaje, que con lo uno y lo otro enseña y admira, dejando de esta vez concluidos con la abundancia de sus palabras a los que, siendo émulos de la lengua española, la culpan de corta y niegan su fertilidad, y así se debe imprimir; tal es mi parecer. En Madrid, a treinta y uno de julio de mil y seiscientos y trece.

Alonso Jerónimo de Salas Barbadillo

 

EL REY

Por cuanto, por parte de vos, Miguel de Cervantes, nos fue fecha relación que habíades compuesto un libro intitulado Novelas ejemplares de honestísimo entretenimiento, donde se mostraba la alteza y fecundidad de la lengua castellana, que os había costado mucho trabajo el componerle, y nos suplicastes os mandásemos dar licencia y facultad para le poder imprimir, y privilegio por el tiempo que fuésemos servido, o como la nuestra merced fuese. Lo cual visto por los del nuestro consejo, por cuanto en el dicho libro se hizo la diligencia que la pragmática por nos sobre ello fecha dispone, fue acordado que debíamos mandar dar esta nuestra cédula en la dicha razón, y nos tuvímoslo por bien. Por la cual vos damos licencia y facultad para que por tiempo y espacio de diez años cumplidos primeros siguientes, que corran y se cuenten desde el día de la fecha de esta nuestra cédula en adelante, vos, o la persona que para ello vuestro poder hubiere, y no otra alguna, podáis imprimir y vender el dicho libro que de suso se hace mención. Y por la presente damos licencia y facultad a cualquier impresor de estos nuestros reinos que nombráredes para que durante el dicho tiempo lo pueda imprimir por el original que en el nuestro consejo se vio, que va rubricado y firmado al fin de Antonio de Olmedo, nuestro escribano de cámara y uno de los que en el nuestro consejo residen, con que antes que se venda le traigáis ante ellos juntamente con el dicho original para que se vea si la dicha impresión está conforme a él, o traigáis fee en pública forma como por corrector por nos nombrado se vio y corrigió la dicha impresión por el dicho original. Y mandamos al impresor que ansí imprimiere el dicho libro no imprima el principio y primer pliego de él, ni entregue más de un solo libro con el original al autor y persona a cuya costa lo imprimiere, ni a otra alguna, para efecto de la dicha corrección y tasa, hasta que antes y primero el dicho libro esté corregido y tasado por los del nuestro consejo. Y estando hecho, y no de otra manera, pueda imprimir el dicho principio y primer pliego, en el cual inmediatamente se ponga esta nuestra licencia y la aprobación, tasa y erratas; ni lo podáis vender ni vendáis vos, ni otra persona alguna, hasta que esté el dicho libro en la forma susodicha, so pena de caer e incurrir en las penas contenidas en la dicha pragmática y leyes de nuestros reinos que sobre ello disponen. Y mandamos que durante el dicho tiempo persona alguna sin vuestra licencia no lo pueda imprimir ni vender, so pena que el que lo imprimiere y vendiere haya perdido y pierda cualesquier libros, moldes y aparejos que de él tuviere, y más incurra en pena de cincuenta mil maravedís por cada vez que lo contrario hiciere. De la cual dicha pena sea la tercia parte para nuestra cámara, y la otra tercia parte para el juez que lo sentenciare, y la otra tercia parte para el que lo denunciare. Y mandamos a los del nuestro consejo, presidente y oidores de las nuestras audiencias, alcaldes, alguaciles de la nuestra casa y corte y chancillerias, y otras cualesquier justicias de todas las ciudades, villas y lugares de estos nuestros reinos y señoríos, y a cada uno de ellos, ansí a los que agora son como a los que serán de aquí adelante, que vos guarden y cumplan esta nuestra cédula y merced que ansí vos hacemos, y contra ella no vayan, ni pasen, ni consientan ir ni pasar en manera alguna, so pena de la nuestra merced y de diez mil maravedís para la nuestra cámara. Fecha en Madrid, a veinte y dos días del mes de noviembre de mil y seiscientos y doce años.

Yo el rey. Por mandado del rey nuestro señor,

Jorge de Tovar

 

PRIVILEGIO DE ARAGÓN

Nos, don Felipe, por la gracia de Dios rey de Castilla, de Aragón, de León, de las dos Sicilas3, de Jerusalem, de Portugal, de Hungría, de Dalmacia, de Croacia, de Navarra, de Granada, de Toledo, de Valencia, de Galicia, de Mallorca, de Sevilla, de Cerdeña, de Córdoba, de Córcega, de Murcia, de Jaén, de los Algarbes, de Algecira, de Gibraltar, de las islas de Canaria, de las Indias Orientales y Occidentales, islas y tierrafirme del mar occéano, archiduque de Austria, duque de Borgoña, de Brabante, de Milán, de Atenas y Neopatria, conde de Abspurg, de Flandes, de Tirol, de Barcelona, de Rosellón y Cerdaña, marqués de Oristán y conde de Goceano. Por cuanto por parte de vos, Miguel de Cervantes Saavedra, nos ha sido hecha relación que con vuestra industria y trabajo habéis compuesto un libro intitulado Novelas ejemplares, de honestísimo entretenimiento, el cual es muy útil y provechoso, y le deseáis imprimir en los nuestros reinos de la corona de Aragón, suplicándonos fuésemos servido de haceros merced de licencia para ello. E nos, teniendo consideración a lo sobredicho, y que ha sido el dicho libro reconocido por persona experta en letras, y por ella aprobado, para que os resulte de ello alguna utilidad, y por la común, lo habemos tenido por bien. Por ende, con tenor de las presentes, de nuestra cierta ciencia y real autoridad, deliberadamente y consulta, damos licencia, permiso y facultad a vos, Miguel de Cervantes, que, por tiempo de diez años, contaderos desde el día de la data de las presentes en adelante, vos, o la persona o personas que vuestro poder tuvieren, y no otro alguno, podáis y puedan hacer imprimir y vender el dicho libro de las Novelas ejemplares, de honestísimo entretenimiento, en los dichos nuestros reinos de la corona de Aragón, prohibiendo y vedando expresamente que ningunas otras personas lo puedan hacer por todo el dicho tiempo sin vuestra licencia, permiso y voluntad, ni le puedan entrar en los dichos reinos para vender de otros adonde se hubiere imprimido. Y si, después de publicadas las presentes, hubiere alguno o algunos que durante el dicho tiempo intentaren de imprimir o vender el dicho libro, ni meterlos impresos para vender, como dicho es, incurran en pena de quinientos florines de oro de Aragón, dividideros en tres partes, a saber: es una para nuestros cofres reales, otra para vos, el dicho Miguel de Cervantes Saavedra, y otra para el acusador. Y demás de la dicha pena, si fuere impresor, pierda los moldes y libros que así hubiere imprimido, mandando con el mismo tenor de las presentes a cualesquier lugartenientes y capitanes generales, regentes la cancellaría, regente el oficio, y portantsveces de nuestro general gobernador, alguaciles, vergueros, porteros y otros cualesquier oficiales y ministros nuestros, mayores y menores, en los dichos nuestros reinos y señoríos constituidos y constituideros, y a sus lugartenientes y regentes los dichos oficios, so incurrimiento de nuestra ira e indignación y pena de mil florines de oro de Aragón de bienes del que lo contrario hiciere exigideros, y a nuestros reales cofres aplicaderos, que la presente nuestra licencia y prohibición, y todo lo en ella contenido, os tengan guardar, tener, guardar y cumplir hagan, sin contradición alguna, y no permitan ni den lugar a que sea hecho lo contrario en manera alguna, si demás de nuestra ira e indignación, en la pena susodicha desean no incurrir. En testimonio de lo cual mandamos despachar las presentes, con nuestro sello real común en el dorso selladas. Datt. en San Lorenzo el Real, a nueve días del mes de agosto, año del nacimiento de nuestro señor Iesu Christo mil y seiscientos y trece.

YO EL REY

Dominus rex mandauit mihi D. Francisco Gassol, visa per roig vicecancellarium, comitem
generalem thesaurarium, Guardiola, Fontanet, Martinez,
et Perez Manrique, regentes cancellariam.

 

 

 

 

 

PRÓLOGO AL LECTOR

Quisiera yo, si fuera posible, lector amantísimo, escusarme de escribir este prólogo, porque no me fue tan bien con el que puse en mi Don Quijote que quedase con ganas de segundar con este. De esto tiene la culpa algún amigo de los muchos que en el discurso de mi vida he granjeado, antes con mi condición que con mi ingenio, el cual amigo bien pudiera, como es uso y costumbre, grabarme y esculpirme en la primera hoja de este libro, pues le diera mi retrato el famoso don Juan de Jaúrigui, y con esto quedara mi ambición satisfecha y el deseo de algunos que querrían saber qué rostro y talle tiene quien se atreve a salir con tantas invenciones en la plaza del mundo a los ojos de las gentes, poniendo debajo del retrato: este que véis aquí, de rostro aguileño, de cabello castaño, frente lisa y desembarazada, de alegres ojos y de nariz corva, aunque bien proporcionada, las barbas de plata, que no ha veinte años que fueron de oro, los bigotes grandes, la boca pequeña, los dientes ni menudos ni crecidos, porque no tiene sino seis, y esos mal acondicionados y peor puestos porque no tienen correspondencia los unos con los otros; el cuerpo entre dos estremos, ni grande ni pequeño, la color viva, antes blanca que morena, algo cargado de espaldas, y no muy ligero de pies. Este digo que es el rostro del autor de la Galatea y de Don Quijote de la Mancha, y del que hizo el Viaje del Parnaso, a imitación del de César Caporal perusino, y otras obras que andan por ahí descarriadas y quizá sin el nombre de su dueño. Llámase comúnmente Miguel de Cervantes Saavedra. Fue soldado muchos años, y cinco y medio cautivo, donde aprendió a tener paciencia en las adversidades. Perdió en la batalla naval de Lepanto la mano izquierda de un arcabuzazo, herida que, aunque parece fea, él la tiene por hermosa, por haberla cobrado en la más memorable y alta ocasión que vieron los pasados siglos ni esperan ver los venideros, militando debajo de las vencedoras banderas del hijo del rayo de la guerra, Carlo Quinto, de felice memoria. Y cuando a la de este amigo de quien me quejo, no ocurrieran otras cosas de las dichas que decir de mí, yo me levantara a mí mismo dos docenas de testimonios y se los dijera en secreto, con que estendiera mi nombre y acreditara mi ingenio. Porque pensar que dicen puntualmente la verdad los tales elogios es disparate, por no tener punto preciso ni determinado las alabanzas ni los vituperios.

En fin, pues ya esta ocasión se pasó y yo he quedado en blanco y sin figura, será forzoso valerme por mi pico, que aunque tartamudo, no lo será para decir verdades, que dichas por señas suelen ser entendidas. Y así te digo otra vez, lector amable, que de estas novelas que te ofrezco, en ningún modo podrás hacer pepitoria, porque no tienen pies, ni cabeza, ni entrañas, ni cosa que les parezca; quiero decir que los requiebros amorosos que en algunos4 hallarás, son tan honestos y tan medidos con la razón y discurso cristiano, que no podrán mover a mal pensamiento al descuidado o cuidadoso que las leyere.

Heles dado nombre de ejemplares, y si bien lo miras, no hay ninguna de quien no se pueda sacar algún ejemplo provechoso; y si no fuera por no alargar este sujeto, quizá te mostrara el sabroso y honesto fruto que se podría sacar, así de todas juntas, como de cada una de por sí.

Mi intento ha sido poner en la plaza de nuestra república una mesa de trucos donde cada uno pueda llegar a entretenerse sin daño de barras; digo sin daño del alma ni del cuerpo, porque los ejercicios honestos y agradables antes aprovechan que dañan.

Sí, que no siempre se está en los templos; no siempre se ocupan los oratorios; no siempre se asiste a los negocios, por calificados que sean. Horas hay de recreación donde el afligido espíritu descanse.

Para este efeto se plantan las alamedas, se buscan las fuentes, se allanan las cuestas y se cultivan con curiosidad los jardines. Una cosa me atreveré a decirte: que si por algún modo alcanzara que la lección de estas novelas pudiera inducir a quien las leyera a algún mal deseo o pensamiento, antes me cortara la mano con que las escribí, que sacarlas en público. Mi edad no está ya para burlarse con la otra vida, que al cincuenta y cinco de los años gano por nueve más y por la mano.

A esto se aplicó mi ingenio, por aquí me lleva mi inclinación, y más que me doy a entender, y es así, que yo soy el primero que he novelado en lengua castellana, que las muchas novelas que en ella andan impresas, todas son traducidas de lenguas estranjeras, y estas son mías propias, no imitadas ni hurtadas; mi ingenio las engendró y las parió mi pluma, y van creciendo en los brazos de la estampa. Tras ellas, si la vida no me deja, te ofrezco los trabajos de Persiles, libro que se atreve a competir con Heliodoro5, si ya por atrevido no sale con las manos en la cabeza; y primero verás, y con brevedad dilatadas, las hazañas de don Quijote y donaires de Sancho Panza, y luego las semanas del Jardín6. Mucho prometo con fuerzas tan pocas como las mías, pero ¿quién pondrá rienda a los deseos? Solo esto quiero que consideres, que pues yo he tenido osadía de dirigir estas novelas al gran conde de Lemos, algún misterio tienen escondido que las levanta. No más, sino que Dios te guarde y a mí me dé paciencia para llevar bien el mal que han de decir de mí más de cuatro sotiles y almidonados. Vale.

 

 

 

 

 

A DON PEDRO FERNÁNDEZ DE CASTRO, conde de Lemos, de Andrade y de Villalva, marqués de Sarriá, gentilhombre de la cámara de su majestad, virrey, gobernador y capitán general del reino de Nápoles, comendador de la encomienda de la Zarza de la orden de Alcántara.

En dos errores casi de ordinario caen los que dedican sus obras a algun príncipe. El primero es que en la carta que llaman dedicatoria, que ha de ser breve y sucinta, muy de propósito y espacio, ya llevados de la verdad o de la lisonja, se dilatan en ella en traerle a la memoria, no solo las hazañas de sus padres y abuelos, sino las de todos sus parientes, amigos y bienhechores. Es el segundo, decirles que las ponen debajo de su protección y amparo, porque las lenguas maldicientes y murmuradoras no se atrevan a morderlas y lacerarlas. Yo, pues, huyendo de estos dos inconvenientes, paso en silencio aquí las grandezas y títulos de la antigua y real casa de vuestra excelencia, con sus infinitas virtudes, así naturales como adqueridas, dejándolas a que los nuevos Fidias y Lissipos busquen mármoles y bronces adonde grabarlas y esculpirlas, para que sean émulas a la duración de los tiempos. Tampoco suplico a vuestra excelencia reciba en su tutela este libro, porque sé que, si él no es bueno, aunque le ponga debajo de las alas del hipogrifo de Astolfo y a la sombra de la clava de Hércules, no dejarán los Zoylos, los cínicos, los Aretinos y los Bernias de darse un filo en su vituperio, sin guardar respecto a nadie. Sólo suplico que advierta vuestra excelencia que le envío, como quien no dice nada, doce cuentos que, a no haberse labrado en la oficina de mi entendimiento, presumieran ponerse al lado de los más pintados. Tales cuales son, allá van, y yo quedo aquí contentísimo por parecerme que voy mostrando en algo el deseo que tengo de servir a vuestra excelencia como a mi verdadero señor y bienhechor mío. Guarde nuestro señor, etc. De Madrid, a catorce de julio de mil y seiscientos y trece.

Criado de vuestra excelencia,

Miguel de Cervantes Saavedra

 

 

Del marqués de Alcañices a Miguel de Cervantes

 

Soneto

 

Si en el moral ejemplo y dulce aviso,
Cervantes, de la diestra grave lira,
en docta frasis el concepto mira
el lector retratado un paraíso;

mira mejor, que con el arte quiso
vuestro ingenio sacar de la mentira
la verdad, cuya llama solo aspira
a lo que es voluntario hacer preciso.

Al asumpto ofrecidas las memorias
dedica el tiempo, que en tan breve suma
caben todos sucintos los estremos;

y es noble calidad de vuestras glorias,
que el uno se le deba a vuestra pluma,
y el otro a las grandezas del de Lemos.

 

 

De Fernando Bermúdez y Carvajal, camarero del duque de Sesa, a Miguel de Cervantes

 

Hizo la memoria clara
de aquel Dédalo ingenioso
el laberinto famoso,
obra peregrina y rara;

mas si tu nombre alcanzara
Creta en su monstro cruel,
le diera al bronce y pincel,
cuando en términos distintos,
viera en doce laberintos
mayor ingenio que en él;


y si la naturaleza
en la mucha variedad
enseña mayor beldad,
más artificio y belleza;
celebre con más presteza
Cervantes raro y sutil
aqueste florido abril
cuya variedad admira
la fama veloz, que mira
en él variedades mil.

 

 

De don Fernando de Lodeña a Miguel se Cervantes

 

Soneto

 

Dejad, nereidas, del albergue umbroso
las piezas de cristales fabricadas,
de la espuma ligera mal techadas,
si bien guarnidas de coral precioso;

salid del sitio ameno y deleitoso,
driades de las selvas no tocadas,
y vosotras, ¡oh musas celebradas!,
dejad las fuentes del licor copioso.

Todas juntas traed un ramo solo
del árbol en quien Dafne convertida,
al rubio dios mostró tanta dureza,

que cuando no lo fuera para Apolo,
hoy se hiciera laurel por ver ceñida
a Miguel de Cervantes la cabeza.

 

 

De Juan de Solís Mejía, gentilhombre cortesano,
a los lectores

 

Soneto

 

¡Oh tú, que aquestas fábulas leíste,
si lo secreto de ellas contemplaste
verás que son de la verdad engaste,
que por tu gusto tal disfraz se viste!

Bien, Cervantes insigne, conociste
la humana inclinación cuando mezclaste
lo dulce con lo honesto y lo templaste
tan bien, que plato al cuerpo y alma hiciste.

Rica y pomposa vas, filosofía;
ya dotrina moral, con este traje
no habrá quien de ti burle o te desprecie;

si agora te faltare compañía,
jamás esperes del mortal linaje
que tu virtud y tus grandezas precie.

 

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1 Nel testo: Cetiua.
2 Espressione equivalente a no sólo no hallo nada.
3 È stata mantenuta la lezione della principe.
4 È stata mantenuta la discordanza, probabilmente indotta da requiebros amorosos, honestos y medidos; del resto algunos può intendersi non necessariamente riferito a novelas bensì a cuentos, termine che designa le novelle nella dedica al conte di Lemos.
5 Nel testo: Cliodoro.
6 In questo riferimento ai titoli delle opere abbiamo rinunciato all'uso del corsivo e rispettato quello delle maiuscole di C 1613 per metterne in rilievo il carattere familiare e affettivo.